Concurso de acreedores

  
Concurso de acreedores


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La Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio, tiene como objetivo fundamental la continuidad de las empresas, cuando estas sean total o parcialmente viables, a través de un Convenio suscrito por el deudor con sus acreedores y todo ello en el marco de un procedimiento judicial denominado

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en el citado cuerpo legal.

El Convenio es un instrumento jurídico que el empresario puede utilizar para gestionar sus impagados, permitiendo conseguir una quita o reducción, sin contraprestación, de hasta el 50% de lo adeudado y pactar una espera de cinco años sin intereses. Es decir, si el pasivo exigible es de 1.000.000 €, se podrá proponer un convenio que permita saldar la deuda en cinco años pagando 100.000 € cada año. En este sentido, el

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se concibe como un beneficio que la ley otorga al deudor para salir y superar la situación de crisis dando viabilidad a la empresa.
    


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